LA RACAL EN CONTRA DE LA INSTALACIÓN DE UNA ITV CERCANA AL YACIMIENTO DE LOS FOSOS DEL CUARTO DE BAYONA EN EL PARAJE OPTENSE DE VILLAS VIEJAS
LA ACADEMIA CONSIDERA QUE ATENTA CONTRA LA
PRESERVACIÓN DE LOS VALORES CULTURALES Y AMBIENTALES DE ESA ZONA ARQUEOLÓGICA,
DECLARADA BIEN DE INTERÉS CULTURAL, Y PIDE A LA JUNTA DE COMUNIDADES QUE
REVIERTA LA AUTORIZACIÓN CONCEDIDA
Foto cortesía de la Asociaciónn de Amigos de los Castillos
La Real Academia Conquense
de Artes y Letras se ha dirigido a la Viceconsejera de Cultura y Deportes de la
Junta de Comunidades comunicándole su rechazo a la instalación de una
Inspección Técnica de Vehículos en una parcela del polígono 449 del término
municipal de Huete, en concreto en el núcleo de Villas Viejas, adyacente al “oppidum”
carpetano (un asentamiento elevado con sus defensas naturales reforzadas por la
acción humana) de Contrebia Carbica, al considerar que su
ubicación atenta contra la preservación y conservación de los valores
culturales, paisajísticos y ambientales de este yacimiento arqueológico,
comprometiendo su investigación futura y la comprensión del enclave en su
entorno original. La Academia quiere que el gobierno regional
reconsidere el grado de protección de ese paisaje de Contrebia Carbica y
que se evalúen además los efectos e impactos que el proyecto de construcción de
la aludida ITV provocará en el yacimiento arqueológico, en atención a la Ley
4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha. Y adjunta
a su comunicación un informe que avala su postura.
No es la primera vez que
la Academia conquense se muestra preocupada por los efectos a su juicio perniciosos
que la construcción de una instalación de este tipo ocasionaría al yacimiento.
Ya en marzo de 2020 presentó una alegación al anuncio entonces del Ayuntamiento
de Huete de su asentamiento en otra parcela –en
concreto entonces la 1047 del polígono 559– dado que la
ubicación elegida estaba declarada Bien de Interés Cultural con la categoría de
Zona Arqueológica, dentro del yacimiento de Los Fosos del Cuarto de Bayona. Esa
alegación motivó que, a finales del siguiente mes de junio, la Viceconsejería
de Educación, Cultura y Deportes informase desfavorablemente la correspondiente
calificación urbanística así como la ejecución del proyecto de la ITV debido,
según cita textualmente el aludido informe de la RACAL, a “La afectación
directa e indirecta sobre el inmueble arqueológico (Fosos del cuarto de
Bayona)”. Poco después un nuevo anuncio del ayuntamiento de Huete, de fecha 16
de octubre, tramitaba el expediente de calificación y licencia urbanística de
la construcción de la ITV en otra parcela situada a tras sólo 350 metros al sur
de la anterior y a 360 metros del foso exterior de Contrebia Carbica, que ha
sido autorizada por la Junta de Comunidades a principios de febrero de este
año. La RACAL considera que esta nueva ubicación sigue hipotecando cualquier futura
valoración del yacimiento y su entorno, en especial la comprensión del enclave
arqueológico en su espacio físico circundante por mucho que no se encuentre
excavado y que no se divisen sus restos.
En su informe la Academia
conquense recuerda que el punto 2 del artículo 41 de
la Ley 4/2013,
de 16 de
mayo, de Patrimonio
Cultural de Castilla‐La
Mancha, establece que “La declaración
de un Sitio
Histórico, Zona Arqueológica
y Zona Paleontológica determinará,
en su caso,
la obligación para
el Ayuntamiento en
cuyo término municipal
se localice, de
redactar un plan
especial de protección
del área afectada
u otro instrumento
de los previstos
en la legislación
urbanística o de
ordenación del territorio que
cumpla en todo caso los objetivos
establecidos en esta Ley”, para a
continuación precisar que Contrebia Carbica está declarada Zona Arqueológica y
las parcelas destinadas a Suelo
Rústico de Reserva
y, por tanto,
no urbanizable, pero además
de protección cultural por
la propia existencia del
yacimiento. La RACAL añade que además se da la circunstancia de que el
municipio de Huete no tiene actualizado su planeamiento urbanístico ni
incorporado los datos de la carta arqueológica y, por tanto, no dispone de
Documento de Protección de Patrimonio Cultural que establezca sus ámbitos de
prevención y protección. Todo ello lleva a la institución académica a señalar
que no se entiende cómo es posible que se pueda promover una calificación
urbanística para la construcción de una ITV en este contexto patrimonial. Y
añade aún una última reflexión sobre qué ocurriría con la eventual aparición de
restos arqueológicos vinculados al Bien de Interés Cultural que pudieran
producirse en caso de ejecutarse las obras de la ITV.
Una buena llamada de atención para recordar que nuestra tierra fue el hogar de seres humanos antes que nosotros, que no nos pertenece por derecho, mas bien haríamos en asumir la responsabilidad de cuidarla con esmero y orgullo como dignos herederos de sus tradiciones.
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