LA RACAL DENUNCIA EL PROYECTO DE INSTALACIÓN DE UNA ITV EN UNA PARCELA QUE FORMA PARTE DEL YACIMIENTO ARQUEOLÓGICO DE FOSOS DEL CUARTO DE BAYONA
LA
ACADEMIA PRESENTARÁ LA CORRESPONDIENTE ALEGACIÓN ANTE EL AYUNTAMIENTO DE HUETE
AL QUE PERTENECE LA PEDANÍA DE VILLAS VIEJAS EN LA QUE SE UBICA EL TERRENO
La asamblea general de
la Real Academia Conquense de Artes y Letras acordó por unanimidad en su recién
celebrada asamblea general de este mes denunciar ante la opinión pública la
proyectada instalación de una Estación de Inspección Técnica de Vehículos fija
(ITV) en la pedanía de Villas Viejas de la localidad de Huete, ya que la
ubicación elegida para ello está afecta al yacimiento de Fosos del Cuarto de
Bayona, declarado en su día Bien de Interés Cultural con la categoría de Zona
Arqueológica (Decreto 63/1992, de 28 de abril, D.O.C.M de 20 de mayo) e incluido en el Catálogo de
Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma. Además la RACAL, considerando que
el proyecto de instalación de la mencionada estación de ITV hipotecaría
definitivamente cualquier futura valoración del yacimiento arqueológico y de su
entorno e implicaría un incremento del volumen de agresiones que ambos han
sufrido ya con anterioridad, presentará la correspondiente alegación
oponiéndose a tal instalación en ese terreno ante el ayuntamiento optense mediante
un detallado informe técnico que expone y avala las fundamentadas razones de su
disconformidad. Asimismo la Real Academia conquense insta a que se busque una
ubicación para la mencionada estación de ITV que no entre en conflicto con la
protección del patrimonio, al tiempo que solicita el establecimiento de las
medidas necesarias para evitar definitivamente que en el futuro se planteen
proyectos de este tipo en la Zona Arqueológica B.I.C.
Un
terreno protegido por la Ley de Patrimonio Cultural
De acuerdo con la ley
4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha (D.O.C.M.
del 24 del mismo mes), es Zona Arqueológica el “lugar en el que existen bienes
muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología
arqueológica, hayan sido o no extraídos, y tanto si se encuentran en la
superficie como en el subsuelo o bajo las aguas”. Asimismo sobre la
conservación de las Zonas Arqueológicas declaradas, el artículo 41 de la
mencionada Ley indica que “la declaración de un Sitio Arqueológico, Zona
Arqueológica y Zona Paleontológica determinará, en su caso, la obligación para
el Ayuntamiento en cuyo término municipal se localice de redactar un plan
especial de protección del área afectada u otro instrumento de los previstos en
la legislación urbanística o de ordenación del territorio que cumpla en todo
caso los objetivos establecidos en esta Ley”.
Un
yacimiento de especial relevancia arqueológica
El “oppidum” (término
latino que designa un lugar elevado, una colina o meseta, cuyas defensas
naturales se han visto reforzadas por la intervención del hombre y cuyo plural
es “oppida”) de Fosos de Bayona se ha identificado, a partir principalmente de
la numismática, con la Contrebia Carbica citada por el historiador romano Tito Livio
(LIv. 40, 33) en el 181 antes de Cristo. Se extiende a lo largo de más de un kilómetro
sobre una plataforma caliza junto a la margen izquierda del río Gigüela y es,
sin duda, uno de los más importantes “oppida” de la Hispania céltica, con una
superficie de al menos 45 hectáreas (65 si se incluye en su delimitación el
foso más lejano a la ciudad). Su relevancia para el conocimiento de las
poblaciones prerromanas en la Península Ibérica es enorme. El estudio de los
materiales arqueológicos hallados en el lugar apuntan a que Contrebia Carbica
surgió hacia finales del siglo III o inicios del II antes de Cristo a partir de un núcleo anterior en
funcionamiento durante los anteriores siglos IV y III. Fue el único núcleo urbano de la Meseta Sur
que llegó a emitir moneda, y sus emisiones sitúan su ceca como la más importante
de estas tierras y dan cuenta de su papel jerarquizador en relación a los “oppida”
vecinos entre la Carpetania y la Celtiberia meridional. Además de la protección
de que goza por su condición de Bien de Interés Cultural (B.I.C.) está también
bajo el amparo de que disfrutan todos los elementos históricos, arqueológicos y
ambientales del Parque Arqueológico de Segóbriga ya que Villas Viejas
(Contrebia Carbica) aparece entre los monumentos del entorno lejano (antiguo “territorium”
de la ciudad) que lo integran (Decreto 99/2002, de 9 de julio, D.O.C.M. del día
12).
Seguidamente exponemos
el informe detallado en el que se basa la alegación que la Academia va a
presentar ante el Ayuntamiento de Huete:
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